Todos tenemos derecho al agua, y esta llega a nuestras tomas gracias al gran esfuerzo de mucha gente “detrás de la llave”.
Lo que miras en tu recibo mes a mes es una parte proporcional a pagar por múltiples servicios ya recibidos tales como:
Encontrar fuentes de abastecimiento, construir la infraestructura para extraer el agua, potabilizarla, distribuirla, construir y mantener infraestructura para drenar, sanear, entre muchas tareas más.
En el Código Urbano, artículos 476 al 478 se detalla cómo se determina el monto de derechos a pagar por servicios de agua.
Para el cálculo es importante conocer:
La CEA determina y calcula el monto a pagar por la prestación de los servicios de agua, con base en la lectura del aparato medidor o la realización de una estimación en un periodo específico (habitualmente un mes).
El volumen de agua se estima en casos como los siguientes:
Así mismo, cuando no puede determinarse el volumen de agua consumida o descargada y no se puede cuantificar el monto del pago según lo dispuesto anteriormente el monto se calcula conforme:
Esto aplica para los servicios de agua potable, alcantarillado, saneamiento y disposición de sus aguas residuales y tratadas.
Cuando un usuario considera que hay algún problema en la medición o facturación de los servicios de agua, puede solicitar revisión y análisis conforme a derecho, apegándose a los procedimientos establecidos para ello.
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