Dirección General Adjunta de Operación Técnica

Objetivo

Coordinar las acciones necesarias para llevar a cabo la planeación integral de los trabajos de investigación de disponibilidad de volúmenes del recurso agua superficial y subterránea, proyectos, construcción y operación de la infraestructura hidráulica de agua potable, agua tratada, agua pluvial, saneamiento y alcantarillado que permitan satisfacer los requerimientos del servicio de agua de la población, gestionando eficiente y éticamente los recursos asignados.

Facultades

I. Dirigir el proceso de investigación técnica en materia de disponibilidad de volúmenes de agua superficial y subterránea en el Estado.

II. Conducir y evaluar al programa de obras y acciones anuales y multianuales del Organismo, de acuerdo al presupuesto de ingresos y egresos.

III. Aprobar y gestionar el proceso de los proyectos ejecutivos necesarios para los sistemas relativos a los servicios proporcionados por la CEA, asegurando competitividad y calidad.

IV. Dirigir el proceso de administración de la construcción de obras necesarias para los servicios proporcionados por la CEA, asegurando competitividad y calidad.

V. Promover y dirigir el aseguramiento de la producción y distribución de agua potable para abastecer a la población del Estado.

VI. Coordinar y dirigir las acciones para el proceso de tratamiento y saneamiento del agua asegurando competitividad y calidad creciente, así como su reuso.

VII. Optimizar y mejorar los sistemas del Organismo llevándolos a niveles superiores de competitividad interna hacia la calidad creciente.

VIII. Evaluar y medir el desempeño de los resultados de la operación y funcionamiento de la Comisión mediante indicadores y tableros de control, para el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos.

IX. Promover y evaluar el desarrollo de las acciones necesarias para lograr la eficiencia, seguridad y economía, en la utilización del agua.

X. Dirigir y controlar todos los recursos humanos y materiales con un balance costo-beneficio positivo para la Institución (Presupuesto, gasto corriente, obra).

XI. Las demás inherentes al área y necesarias para el eficiente cumplimiento de los objetivos, metas y servicios que brinda la Comisión.

XII. Vigilar la conceptualización y realización de estudios de factibilidad en los proyectos estratégicos de agua potable, agua tratada, alcantarillado y saneamiento, asegurando que garanticen la funcionalidad y crecimiento de los sistemas de agua, contenidos en los instrumentos de planeación del gobierno del Estado de Querétaro.

XIII. Promover y evaluar las acciones necesarias para el uso eficiente, seguro y económico en la utilización de la energía eléctrica de los sistemas electromecánicos de la Comisión en el Estado, buscando un balance costo-beneficio positivo para el Organismo.

XIV. Asegurar la realización de estudios que permitan conocer la distribución y disponibilidad del recurso agua, en las cuencas hidrológicas del Estado, para mejorar su aprovechamiento y manejo sustentable.

XV. Asegurar el cumplimiento de elaboración de proyectos ejecutivos necesarios para la construcción de obras tendientes a la rehabilitación, ampliación, mejora, conservación y mantenimiento de los sistemas de agua potable, alcantarillado y saneamiento que administra la Comisión.

XVI. Promover y evaluar el incremento de la eficiencia física en los sistemas de agua potable mediante la coordinación o implementación de acciones tales como: reemplazo de redes, búsqueda y reparación de fugas visibles y no visibles, o regulación de presiones para la reducción de las pérdidas derivadas del deterioro de la infraestructura.

XVII. Coordinar y vigilar el cumplimiento en la supervisión de la infraestructura realizada por desarrolladores y fraccionadores en las zonas urbanas del Estado de Querétaro, en los términos de la normatividad aplicable, en apego a las especificaciones técnicas de los proyectos autorizados.

XVIII. Supervisar y evaluar el aseguramiento en la producción de agua para abastecer a la población, mediante la construcción y operación de las fuentes de abastecimiento, tanto en el aspecto de oferta suficiente, manejo óptimo y calidad necesaria.

XIX. Vigilar el apego a la Ley de Aguas Nacionales, en lo referente a la solicitud de reposición o nuevas fuentes de abastecimiento, así como en la administración de los títulos de concesión y asignación a nombre de la Comisión Estatal de Aguas, Municipios, Gobierno del Estado y su vigencia.

XX. Supervisar y evaluar el aseguramiento de la distribución de manera eficiente de acuerdo al volumen de agua potable disponible, con continuidad y calidad a los usuarios; de igual manera la operación y servicio adecuado de la infraestructura de alcantarillado sanitario existente, que facilite la entrega de las aguas negras a las plantas de tratamiento.

XXI. Vigilar el cumplimiento a las obligaciones fiscales en materia de derechos de descarga de aguas residuales y participar en los programas de apoyo para la construcción, mejoras, mantenimiento y operación de los sistemas de tratamiento de aguas servidas, aguas residuales y reuso del recurso hídrico que las autoridades Municipales, Estatales y Federales implementen para tal fin y que convengan a los intereses de la Comisión.

XXII. Vigilar las actividades relacionadas con la operación del Sistema Acueducto II, en los aspectos de disponibilidad de la fuente, supervisión de la operación de los subsistemas de captación, plantas de bombeo, túnel, bordo de seguridad, planta potabilizadora, líneas de conducción, tanques de reserva, cámaras de rotura de carga y obras complementarias.